ARTÍCULO
94: ESTÍMULOS PARA ESTUDIANTES.
Los estudiantes que cumplan con
eficiencia y responsabilidad con todos los compromisos adquiridos merecen los
siguientes estímulos:
1.
Integrar
delegaciones deportivas, culturales, científicas, artísticas, excursiones o
salidas, paseos o días de campo o demás grupos de la institución.
2.
Ser
destacado en el cuadro de honor. Al mejor estudiante de cada grado por su buen
comportamiento y rendimiento académico.
3.
Disfrutar
de celebraciones especiales: día del estudiante, convivencias, actividades
recreativas y culturales.
4.
El
mejor grado en rendimiento académico y comportamiento según los conceptos emitidos
en la evaluación final se le dará como
estímulo un día de campo.
5.
Observaciones
de estímulos en la ficha acumulativa, boletín de registro y valoración
académica.
6.
Representar
a sus compañeros como: personero, miembro del consejo directivo, consejo
estudiantil u otros.
7.
Ser
destacado y condecorado en izadas del pabellón nacional.
8.
Ser
destacados en izadas de bandera por buen rendimiento y por comportamiento y
otros valores en cada período académico.
9. Exoneración de todos los
costos al mejor estudiante por curso, a excepción de certificados y derecho a
grado para los de once. Según la Ley 115/94 y Decreto 1860, en su Art. 101.
10.
Salir
una semana antes de finalizar el año lectivo, como premio al buen rendimiento
académico.
11.
Para
los discapacitados resaltar su labor con algún tipo de estímulo.
12.
Los
estudiantes del grado undécimo reciben mención de honor:
·
Mejor
bachiller
·
Mejor
puntaje en las pruebas de estado ICFES
·
Mejor
en cada especialidad que ofrece la institución
·
Por
su participación en actividades: Banda marcial, deportes.
ARTÍCULO 95:
ESTÍMULOS PARA DOCENTES DIRECTIVOS Y DOCENTES.
1. Recibir
en forma escrita u oral el reconocimiento de su esfuerzo y colaboración por
parte de los directivos con copia a la respectiva hoja de vida.
2. Ser
tenidos en cuenta para figuración en actividades de capacitación, talleres y
seminarios.
3. Recibir
menciones, diploma o distinciones como respuesta a su desempeño administrativo
o docente.
4. Que
los directivos del plantel hagan un reconocimiento a los docentes destacados de
la institución por el servicio prestado a la comunidad educativa.
5. Capacitación
para directivos, docentes y administrativos.
6. Propiciar
espacios de recreación para el personal que labora en la institución.
7. Los
hijos de los docentes que laboran en la institución educativa serán exonerados
de los costos educativos siempre y cuando hayan aprobado el año lectivo y observen buen
comportamiento; a excepción de certificados y derecho a grado para los del
grado once.
ARTÍCULO
96: ESTÍMULOS PARA PADRES DE FAMILIA.
La labor del padre de familia como
ente participativo de la comunidad educativa es fundamental en el desarrollo
integral del estudiante, de acuerdo a la gestión en bien de la institución.
Tendrá los siguientes estímulos:
1. Ser
tenido en cuenta para integrar los diferentes comités del gobierno escolar.
2. Reconocimiento
público en asambleas de padres de familia, reunión de docentes y estudiantes
por su gestión.
3. Participar
en las celebraciones especiales que convoque la institución.
4. Ser
tenidos en cuenta para participar en capacitaciones a nivel de talleres y
cursos que se programen especialmente para padres.
5. A
convocarles como asesores, orientadores en la toma de decisiones que la
institución requiera, dado su ejemplo y capacidad.
6. Recibir
distinciones escritas por parte la administración de la institución o de otras
instituciones.