La Institución Educativa Técnico Industrial Rafael Pombo
le ofrece a los estudiantes, docentes, padres de familia, exalumnos y demás personal
los siguientes servicios:
ü Transporte escolar
ü Biblioteca
ü Tienda escolar.
ü Laboratorios de Física,
Química y Matemática.
ü Talleres (Ebanistería,
Metalistería, Dibujo Técnico, Corte y Confección, Electricidad y Electrónica, Mecánica
Automotriz, Informática).
ü Secretaría y pagaduría.rientación y consejeríaAyudas educativas.
ü Deportes, recreación y
actividades de orden cultural (Banda Marcial).
ü Fotocopiadora (Regular su
funcionamiento).
Servicios de los cuales se
puede disfrutar teniendo en cuenta los siguientes parámetros:Secretaa
1.
Solicitarlos
durante la jornada de trabajo.
2.
Pedirlos
en forma respetuosa y amable.
3.
Requerirlos
cuando en realidad se necesiten.
4.
Disfrutar
de todos sus elementos, implementos y actividades en forma metódica,
responsable y consciente.
5.
Acatar
las normas establecidas por cada dependencia.
6.
Estar
dispuesto a cuidar, fortalecer y participar en actividades para su
mejoramiento.
7.
Responder
por los implementos y materiales a su cargo cuando se presenta pérdida o
deterioro de ellas.
8.
Observar
un buen comportamiento, rendimiento y acatamiento a las sugerencias con la
persona responsable en cada uno de ellos.
ARTÍCULO 97:
TRANSPORTE ESCOLAR.
1.
Los
buses prestarán el servicio de acuerdo al número de estudiantes que lo
requieran y a la disponibilidad que haya de conductor.
2.
El
servicio de transporte en la mañana se iniciará a las 5:00 a.m. y terminará a
las 6:20 a.m., en la tarde se inicia a la 1:10 p.m.
3.
Las
rutas y paraderos serán establecidas al inicio del año escolar de acuerdo a las
necesidades y disponibilidades.
4.
El
conductor tiene la autonomía para hacer los reportes de disciplina dentro del
bus durante el recorrido.
5.
El
servicio del trasporte escolar será autorizado únicamente por su representante
legal.
6.
El
reglamento del bus debe exponerse en una parte visible a los estudiantes
usuarios del bus.
7.
Los
usuarios deberán cumplir con el reglamento interno del servicio escolar, para
el buen uso y conservación de los buses.
ARTÍCULO 98:
SALA DE SISTEMAS.
Con el propósito de hacer funcional la sala de sistemas y
que los recursos físicos y humanos se conviertan en medios para un mejor
aprovechamiento de la comunidad educativa y de esta forma se obtenga el mejor
conocimiento; para su correcto manejo se tendrá en cuenta lo siguiente:
1.
La
sala de sistemas es un recurso físico al servicio de la comunidad educativa del
Técnico Industrial Rafael Pombo.
2.
Por
ser un recurso al servicio de la educación
se debe manejar con el debido cuidado y con suficiente responsabilidad.
3.
El
Rector es el encargado de asignar a las personas que tendrán a cargo el control
y funcionamiento de la sala de sistemas.
4.
A
la sala de sistemas sólo debe ingresar el docente y el grupo de alumnos que en
ese momento van a recibir el servicio.
5.
Queda
totalmente prohibido el ingreso de personas que no pertenezcan a la
institución.
6.
Los
particulares que soliciten el servicio deben observar el reglamento y estar
inscritos en talleres que se programen bajo la dirección de un docente del
plantel o que el Rector haya autorizado.
7.
El
uso de la sala de sistemas se adecúa de acuerdo al plan que se adopte tanto
para estudiantes, docentes, administrativos, servicios y particulares.
8.
Son
responsables directos de la sala de sistemas los docentes del área que hacen
uso de las mismas.
9.
Cualquier
daño, deterioro o pérdida de elementos durante el transcurso de la clase se
hace responsable el respectivo grado con su profesor.
10.
Queda
prohibido dejar los estudiantes solos en la sala de sistemas, ya que podrían
causar daños u observar información inadecuada. En caso que esto suceda
responderá el docente a cargo de la hora de clase.
11.
De
la sala de sistemas queda completamente prohibido para docentes y estudiantes sacar
computadores, impresoras u otros elementos
de trabajo como manuales, disquetes, monitores, discos duros, cables,
reguladores, adaptadores, etc.
12.
En
la sala de sistemas queda completamente prohibido el ingreso de alimentos (como
chicles, chitos, galletas, dulces, etc.) y bebidas (como gaseosa, agua, etc.),
bolsos, elementos deportivos (como balón, cuerdas, etc.) y de distracción (como
wolkmans, ataris, CD de música, de juegos, etc.).
13.
El
alumno que sea sorprendido realizando una actividad diferente al que está
orientando el profesor y haya causado daños como: formatear un disco,
desconfiguración del equipo, borrar archivos, borrar una carpeta o alterar
cualquier información confidencial de la institución o cualquier otro daño,
será sancionado y deberá hacerse responsable de los daños causados.
14.
Cada
grupo se hará responsable del estado (aseo, orden y cuidado) del equipo
asignado y de la sala de sistemas.
15.
El
alumno que fomente indisciplina, desorden e irrespeto con el profesor o los
compañeros se le hará un llamado de atención y si reincide se le aplicará el
Manual de Convivencia de la institución.
16.
La
entrega formal de los implementos y equipos la hace el Rector a los docentes
designados mediante inventarios de las salas de sistemas, los cuales deben
responder por los elementos a cargo.
ARTÍCULO 99:
SEGURIDAD EN LOS TALLERES.
1.
Usar
las herramientas con precaución.
2.
La
máquina no debe operarse sin autorización de un docente.
3.
Sólo
un estudiante debe utilizar una máquina, si necesita ayuda pídala al docente o
compañero (sobresaliente o monitor si está asignado).
4.
Usar
la braga para entrar al taller.
5.
Todos
los protectores de seguridad deben estar en el taller para que el estudiante
los utilice.
6.
No
distraiga a nadie, ni permita que lo distraigan, mientras maneja la máquina.
7.
Permanezca
separado un metro de la persona que está operando la máquina.
8.
Mantener
el cabello corto o recogido.
9.
No
tener prendas personales mientras opera la máquina (pulseras, reloj, anillos,
aretes, etc.).
10.
Tenga
los dedos lejos de las cuchillas o piezas cortantes en movimiento.
11.
La
máquina debe prepararse completamente antes de hacer cualquier ajuste.
12.
La
máquina y el piso a su alrededor, deben estar limpios de herramientas, piezas o
metales.
13.
El
taller es un espacio de trabajo y de producción industrial.
14.
Colocar
en sitio visible el extintor, señalización y normas de seguridad.
ARTÍCULO 100:
AULA MÚLTIPLE.
1.
Como
estudiante la dejaré limpia después de hacer uso de ella.
2.
Para
su uso me someteré a cumplir con un horario específico.
3.
Por
el daño de algunos implementos propios del aula se responsabiliza a la persona
autorizada.
4.
Si
estoy utilizando las sillas en cualquier actividad dentro del aula y la daño,
como estudiante debo responder.
5.
En
caso de préstamo del aula para eventos no propios del plantel estos se harán
con previa autorización por parte de la rectoría de la institución.
6.
Es
de primordial importancia que se evite rayar las paredes de ésta.
ARTÍCULO 101:
TIENDA ESCOLAR.
1.
Hacer
fila y respetar el turno.
2.
Pedir
los alimentos con cortesía y buen trato.
3.
Cuidar
los enseres que pertenecen a la tienda.
4.
Devolver
los envases.
5.
Colocar
en las canastas de la basura las envolturas de los alimentos.
6.
Sólo
se utilizará el espacio de la tienda el tiempo necesario para consumir los
alimentos adquiridos (hora de descanso).
7.
La
tienda escolar debe permanecer dotada con alimentos nutritivos para el buen
desarrollo de los usuarios.
8.
Mantener
ordenado y aseado el lugar.
ARTÍCULO 102:
BIBLIOTECA.
1.
Trabajar
en silencio.
2.
Pedir
con delicadeza y cortesía los libros e información requerida.
3.
Cuidar
los libros solicitados.
4.
Devolver
los libros en buen estado y en la fecha correspondiente.
5.
Presentar
el carné estudiantil en el momento de hacer la solicitud de préstamo, el cual
será devuelto una vez haga entrega de lo solicitado.
6.
En
caso de pérdida por un libro reponerlo por otro idéntico.
7.
Solicitar
directamente los libros a la persona encargada de biblioteca.
8.
Los
libros de reserva son sólo para consulta interna.
9.
En
caso de trabajar en clase, el docente solicita y lleva personalmente los
libros.
10.
Para
consulta interna y externa se prestarán máximo dos libros.
11.
El
no entregar los libros a tiempo le recae una sanción o una multa según lo estipulado
por la institución.
12.
El
encargado de la biblioteca debe tener un trato cortés, respetuoso y amable con
docentes y estudiantes.
13.
No
dictar clase en la biblioteca.
14.
Colocar
en silencio el celular y para contestar salir del recinto.
15.
Se
prestará a los estudiantes el servicio de internet sólo para consultas y
tareas.
ARTÍCULO 103:
BANDA MARCIAL.
1. Los integrantes de la banda
han de tener un alto sentido del cumplimiento del deber y desarrollar el
espíritu de compañerismo y colaboración.
2. Asistir puntualmente a todos
los ensayos y actos programados o esporádicos que sean requeridos.
3. Velar por el mantenimiento y
conservación del material puesto a su cuidado.
4. Prohibido a los integrantes de
la banda prestar el instrumento que se les ha asignado, ya sea a persona de la
misma o ajeno a ella.
5. Si los daños al instrumento
son por descuido del ejecutante él estará en la obligación de responder por el
daño.
6. Los integrantes de la banda
deben ser respetuosos cuando se dirijan al director de ésta.
7. Cuando se presenten salidas
dentro y fuera del municipio, todos los miembros deberán comportarse con gran
responsabilidad, disciplina y compañerismo, para dejar en alto el buen nombre
del grupo y de la institución.
8. Puede pertenecer a la banda
siempre y cuando se distinga por su excelente comportamiento y rendimiento
académico.
ARTÍCULO 104:
LABORATORIOS.
1.
Visitar
y utilizar el laboratorio bajo la asesoría y supervisión del profesor (guías,
talleres).
2.
Solicitar
con cortesía y delicadeza los implementos y sustancias de acuerdo al trabajo a
desarrollar.
3.
Evitar
sacar cualquier tipo de implemento del laboratorio para otras actividades
diferentes a las asignaturas destinadas.
4.
Los
experimentos y otros trabajos que se realizan, una vez evaluados por el
profesor, especialmente por las experiencias que requiere cuidado y solicitar
la asistencia necesaria según la situación que se presente.
5.
No
entrar comiendo al laboratorio.
6.
Pagar
los daños que ocasione a los implementos utilizados en el laboratorio.
7.
Como
docente asignado del laboratorio, responder por el inventario a su cargo.
8.
Utilizar
las normas de Bioseguridad establecidas por la Unión Internacional de Química
pura y aplicada:
a.
Si
se produce un accidente, avisar inmediatamente al profesor.
b.
Si
alguna sustancia le salpica o cae en la piel o en los ojos, lávelos
inmediatamente con abundante agua y avise al profesor.
c.
No
pruebe o saboree un producto o solución, sin autorización del profesor.
d.
Si
se derrama un reactivo o mezcla límpielo inmediatamente.
e.
Cuando
caliente una sustancia en un tubo de ensayo, dirija el extremo abierto del tubo
hacia un lugar donde no cause daño a su integridad física o la de sus
compañeros.
f.
No
prenda fuego cerca de recipientes que contengan materiales volátiles o
inflamables.
g.
Si
sus vestidos se incendian por cualquier razón, no corra, cúbrase con una manta
y pida un extintor de CO2.
h.
Si
se presenta incendios pequeños apague con una toalla.
i.
Evite
las bromas y juegos en los laboratorios.
j.
Cuando
trabaje con equipo de vidrio como tubos y termómetros, hágalo con cuidado, pues
el vidrio es frágil y se rompe fácilmente.
k.
Cuando
maneje compuestos peligrosos, utilice anteojos de protección, evitará
accidentes debido a explosiones.
l.
No
inhale los vapores de ninguna sustancia, si es necesario hacerlo, ventile
suavemente hacia su nariz los vapores de la sustancia.
m.
Para
preparar una solución acuosa de un ácido (especialmente ácido sulfúrico),
vierta siempre lentamente ácido concentrado sobre el agua. Nunca vierta agua sobre el ácido, pues puede
producirse un accidente.
ARTÍCULO 105:
SALA DE AUDIOVISUALES.
1.
La
persona que desea la sala de audiovisuales debe someterse al horario y la
disponibilidad que haya en ese momento.
2.
No
entrar comiendo a la sala de audiovisuales.
3.
Utilizar
correctamente el mobiliario.
4.
Guardar
una postura correcta de acuerdo a los buenos modales.
5.
No
disponer de ninguno de los elementos que existan en la sala, ellos serán
manipulados por la persona que en ese momento dirija la actividad.
6.
Responsabilizarse
de los daños ocasionados a algunos de los implementos.
7.
La
persona responsable por la actividad se encargará del correcto uso de los
implementos.
ARTÍCULO 106:
CAMPOS DEPORTIVOS.
Comprende el campo de fútbol, las canchas deportivas y el
coliseo cubierto; son el orgullo de la institución.
1.
Utilizarlos
correctamente dándoles el cuidado que ellos se merecen.
2.
La
utilización de estos campos por parte de otras personas ajenas a la institución
será autorizada por el rector (a), mediante solicitud hecha con anticipación y
sometiéndose a las condiciones exigidas.